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Reino Unido excluye a mujeres trans de la definición legal de “mujer” en fallo histórico

En una decisión que marca un precedente para el debate sobre derechos trans en el Reino Unido, la Corte Suprema británica dictaminó por unanimidad que la definición legal de “mujer” en la Ley de Igualdad de 2010 se refiere exclusivamente a una “mujer biológica y su sexo biológico”. El fallo, calificado como histórico, ha generado una fuerte polémica por sus implicancias en la protección legal de las personas transgénero.

El caso fue presentado por el grupo For Women Scotland (FWS) en el contexto de una disputa sobre una ley escocesa que busca aumentar la participación femenina en juntas directivas. La organización argumentó que incluir a mujeres trans —incluso a aquellas que cuentan con un Certificado de Reconocimiento de Género (GRC, por sus siglas en inglés)— comprometería la integridad de espacios y derechos reservados legalmente para mujeres designadas como tales al nacer. Según FWS, equiparar legalmente a mujeres trans con mujeres cisgénero “daría mayores derechos a las mujeres trans que a las propias mujeres biológicas”.

El máximo tribunal falló a favor de esta interpretación. El juez Lord Hodge, vicepresidente del tribunal, señaló que los términos “mujer” y “sexo” en la Ley de Igualdad “solo pueden entenderse como referidos al sexo biológico”. En ese marco, explicó que las disposiciones legales vinculadas al embarazo y la maternidad, por ejemplo, no pueden extenderse a personas cuya biología no contempla esas funciones, independientemente de su identidad de género o estatus legal.

El fallo implica que las mujeres trans no podrán apelar a protecciones legales diseñadas específicamente para mujeres bajo esta ley, aunque podrían buscar amparo por discriminación vinculada a la reasignación de género. “Esto no elimina las protecciones para personas trans”, insistió Hodge, señalando que aún podrían alegar discriminación “por ser percibidas como mujeres”.

Aunque el caso se originó en Escocia, sus repercusiones abarcan a todo el Reino Unido, en un momento de fuerte polarización en torno a los derechos de las personas transgénero. Mientras el gobierno escocés ha sostenido que una mujer trans con GRC es legalmente una mujer, la sentencia de la Corte Suprema establece un precedente que pone en duda esa definición a nivel nacional.

Organizaciones de derechos humanos y activistas LGBTQ+ han reaccionado con preocupación ante el dictamen, alertando que podría legitimar formas de exclusión en ámbitos como el acceso a servicios, la participación política y el reconocimiento social. Al mismo tiempo, sectores conservadores celebran la sentencia como una “clarificación necesaria” para preservar derechos específicos de las mujeres cisgénero.

El fallo, lejos de cerrar el debate, reaviva una conversación urgente sobre los límites y alcances del reconocimiento legal del género, y plantea interrogantes sobre el futuro de las políticas de igualdad en una sociedad que se encuentra en plena disputa sobre las nociones de identidad, cuerpo y derechos.