Este tipo de violencia de género que afecta principalmente a las mujeres, es provocado por sus parejas o exparejas que maltratan a los hijos que tienen en común. A pesar de su gravedad, a nivel judicial, en Chile la violencia vicaria no está tipificada como un delito propiamente tal, aunque sí existen otros tipos penales que aplican en estos casos, como la Ley de Violencia Intrafamiliar o Ley de Femicidio.
Todo partió a fines de la década de los noventa, cuando la ciudadana española Ángela González presentó ante la justicia de su país más de 30 denuncias en contra del padre de su hija, de siete años. En todas las instancias judiciales, dijo que sentía que la vida de ella y su niña corrían peligro, pero no fue escuchada. En el año 2003, el hombre asesinó a la pequeña, a modo de venganza por su separación. A partir de ese momento, la madre luchó para que el Estado español reconociera la violencia vicaria. Once años después, el comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, condenó al Estado de España por negligencia.
La violencia vicaria es un tipo de maltrato de género hacia las mujeres madres que busca dañarlas a través de los seres más queridos, fundamentalmente hijos e hijas que tienen en común con los agresores, aunque también la agresión puede afectar a cualquier otro familiar; situación que puede acontecer cuando el agresor ya no puede acceder directamente a su ex pareja, ya sea porque la relación se acabó o existen medidas cautelares de prohibición de acercamiento hacia la víctima.
Este tipo de maltrato tiene un doble efecto: violencia de género hacia las madres que fueron víctimas y también maltrato infantil implícito o explícito, ya que al atacar a la cuidadora principal, se está atacando indirectamente al niño o niña, lo que les puede generar trastornos de estrés postraumático, fobia social, baja autoestima o comportamientos agresivos, entre otros.
En 1996, Chile firmó la Convención Internacional de Belém do Pará, la que establecía por primera vez el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia de todo tipo. Una década después, la entonces Presidenta Michelle Bachelet envió al Congreso Nacional el proyecto de ley “El derecho de las mujeres y niñas a una vida libre de violencia”, cuyo objetivo era “prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, sancionar a los agresores, proteger a las víctimas y reparar las violaciones a sus derechos”. Sin embargo, la iniciativa no incluyó la violencia vicaria.
En diciembre de 2021, un grupo de 5 senadoras dieron un paso más en proteger a la mujer de este tipo de violencia y firmaron un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de permitir la suspensión de la relación directa entre el padre no custodio y los niños, niñas y adolescentes cuando existen antecedentes de violencia intrafamiliar contra la madre, algo que no existe en la legislación actual.
La iniciativa establece la “suspensión de la relación directa y regular entre el denunciado y el o los hijos en común, siempre que existan antecedentes calificados por el tribunal que lo amerite. Se entenderá por antecedentes calificados hechos tales como: causas anteriores de violencia intrafamiliar, proteccionales o de entrega inmediata del niño o niña, incumplimiento reiterado del pago de pensión de alimentos, antecedentes de episodios de violencia, incumplimiento reiterado del régimen de visitas, excesiva judicialización, negligencia o abandono parental y amenazas de demandas de cuidado personal, entre otras”.
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